La vivienda es una de las necesidades y derechos básicos de toda persona. Con el fin de acercar esta posibilidad a los mexicanos se creó en 1972 el INFONAVIT (Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda de los Trabajadores). Como patrón, al inscribir a tu empresa al IMSS y dar de alta a tus trabajadores, ellos se convierten en derechohabientes del INFONAVIT. ¿Quieres conocer los beneficios que otorga a tus empleados y tus obligaciones como patrón?
Beneficios para los derechohabientes
- Ahorro de vivienda:
Los trabajadores tienen asignada una cuenta de ahorro del INFONAVIT (Subcuenta de Vivienda) ligada a su número de Seguridad Social. Este fondo se nutre bimestralmente con las aportaciones patronales y puede ser solicitado en el momento en que la persona se pensiona.
- Crédito INFONAVIT:
Los derechohabientes tienen la posibilidad de acceder a un crédito para la vivienda que puede servirles para comprar, construir, remodelar o incluso parar la hipoteca bancaria. El monto a prestar dependerá del tipo de crédito, el salario y la capacidad de pago del solicitante.
- Para ejercer tu crédito Infonavit necesitas contar con 116 puntos, basados en tu edad y salario. Entre más joven y mayor el salario, mejor la puntuación. También se toman en cuenta el saldo en la Subcuenta de Vivienda y el tiempo que has cotizad en Infonavit de forma continua. Si quieres conocer tu puntación puedes ingresar al portal del Infonavit y entrar a la sección de precalificación. Necesitarás tener a la mano tu número de seguridad social.
- El primer paso para solicitar tu crédito es llenar una forma y presentarla junto con el resto de los documentos requeridos:
- Acta de nacimiento
- Copia de identificación oficial
- Acta de matrimonio, en caso de ser un crédito conyugal
- Avalúo
- Una vez lista tu documentación, inscribe tu solicitud en la oficina de atención del Infonavit con la ayuda de un notario público.
- Por último, entra a tu cuenta Infonavit con tu número de crédito e imprime tu Aviso de Retención de Descuentos, para después llevarlo a tu empresa, obtener sello y firma, y entregar el aviso al notario el día que firmes tu escritura.
Obligaciones patronales[1]
Ya comentamos que al dar de alta a tus trabajadores ante el Seguro Social se registran automáticamente en el INFONAVIT. Desde ese momento deberás asegurarte de cumplir con las siguientes obligaciones:
- Pago bimestral de las aportaciones patronales correspondientes al 5% del SDI de cada uno de tus trabajadores: Este pago se realiza a través del Sistema Único de Administración (SUA) o también a través de la ficha de pago (DEPOREF) que se obtienen en el Portal Empresarial: https://empresarios.infonavit.org.mx/wps/portal. El IMSS, por medio del Sipare, se encaga e gestionar y administrar la cobranza del Infonavit.
- Notificar al INFONAVIT el status de tus trabajadores: Toda alta, baja, reingreso, incapacidad, modificación de salario, deberá ser notificada por parte del patrón al INFONAVIT.
- Retener los descuentos estipulados por el INFONAVIT a los acreditados: Aquellos trabajadores que cuenten con un crédito vigente tienen la obligación de pagar un monto mensual según su contrato. En el “Aviso de Retención de Descuentos” o la “Cédula de Determinación de Cuotas, Aportaciones y/o Amortizaciones” se te indica el número del crédito y el porcentaje que descontarás.
- Abonar al INFONAVIT los montos descontados a los trabajadores: Te corresponde el pago puntual de los créditos de tus trabajadores.
- Presentar cada año un informe al Infonavit de tu situación como contribuyente: Deberás incluir anexos referentes a las aportaciones patronales (Dictamen Fiscal), dentro de los cuatro meses siguientes a la terminación del año fiscal.
Calcula la Nómina de tus colaboradores considerando las retenciones por el IMSS en Osmos:
[1] http://portal.infonavit.org.mx/wps/wcm/connect/infonavit/patrones/mis_compromisos/que+hago+para+cumplir