Afiles 2, 3, 4, 5, 6, 7

Cuando hablamos de un AFIL, nos referimos al formato o documento que el IMSS facilita para tramitar distintos movimientos de sus trabajadores de manera presencial en la Subdelegación correspondiente a su registro patronal.

Esto responde a la obligaciónpatronal señalada en el artículo 15, fracción I de la Ley del Seguro Social de registrarse e inscribir a sus trabajadores en el Instituto, comunicarsus altas y bajas, las modificaciones de su salario y los demás datos, dentrode plazos no mayores de cinco días hábiles.”

A continuación te explicamos adetalle cada uno de los afiles.

AFIL-02:AVISO DE INSCRIPCIÓN DEL TRABAJADOR

  • ¿Qué es y para que se utiliza?
    • El AFIL-02 es el formato que se utiliza para dar aviso al IMSS de un alta de trabajador.
  • ¿Quién realiza este tipo detrámite?
    • Sólo los patrones o representantes legales pueden acudir a ventanilla a realizar las altas de trabajadores.
  • ¿Cuáles son los requisitos?

AFIL-03 AVISO DE MODIFICACIÓN DEL SALARIO DEL TRABAJADOR

  • ¿Qué es y para que se utiliza?
    • El AFIL-03 es el formato que se utiliza para dar aviso al IMSS de las modificaciones de salario de los trabajadores.
  • ¿Quién realiza este tipo de trámite?
    • Sólo los patrones o representantes legales pueden acudir a ventanilla a realizar las modificaciones de salario.
  • ¿Cuáles son los requisitos?

AFIL-04 AVISO DE BAJA DEL TRABAJADOR O ASEGURADO

  • ¿Qué es y para que se utiliza?
    • El AFIL-04 es el formato que se utiliza para dar aviso al IMSS de las bajas de los trabajadores.
  • ¿Quién realiza este tipo de trámite?
    • Sólo los patrones o representantes legales pueden acudir a ventanilla a realizar las modificaciones de salario.
  • ¿Cuáles son los requisitos?

AFIL-05 AVISO DE INSCRIPCIÓN EN SEGURO FACULTATIVO

  • ¿Qué es y para que se utiliza?
    • El AFIL-05 se utiliza para la inscripción de una persona al seguro facultativo, que es el que aplica a los casos de seguros especiales o de incorporación voluntaria: de trabajadores domésticos, patrón persona física y sus trabajadores, de no asalariados, estudiantes, etc.
  • ¿Quién realiza este tipo de trámite?
    • El patrón persona física, representante legal (cuando aplica) o la persona física interesada.
  • ¿Cuáles son los requisitos?
  • En todos los casos deberán llenar y presentar el AFIL-05 www.idconline.com.mx/…/aviso-de-inscripcin-en-los-seguros-especiales-afil05-a.pdf y el Cuestionario Médico con toda la información solicitada. Este último con la firma del sujeto por asegurar. Además de ello deberán presentar en original o copia certificada y copia sencilla los siguientes documentos por tipo de inscripción:
    • En la Incorporación Voluntaria de TrabajadoresDomésticos: Identificación oficial con fotografía y firma del patrón y del trabajadordoméstico, constancia de domicilio del patrón y del asegurado, constancia depago de la cuota anual anticipada.
    • En la Incorporación Voluntaria de Patrón Persona Físicacon Trabajadores a su Servicio: Identificación oficial con fotografía y firma del patrónpersona física, constancia de domicilio, copia del Aviso de InscripciónPatronal o de Reanudación de Actividades (AFIL 01-A), Tarjeta de IdentificaciónPatronal del Régimen Obligatorio, constancia de pago de la cuota anualanticipada de la inscripción.
    • En la Incorporación Voluntaria de Trabajadores No Asalariados: Identificación oficialcon fotografía y firma del titular del trámite, constancia de domicilio delasegurado, constancia de pago de la cuota anual anticipada de la inscripción,RFC para de comprobar su actividad económica.
    • En la Incorporación Voluntaria de Ejidatarios, Comuneros,Colonos y Pequeños Propietarios: Identificación oficial con fotografía y firma deltitular del trámite , constancia de domicilio del asegurado, constancia de pagode la cuota anual anticipada de la inscripción, Certificado Agrario o Carta delComisariado Ejidal que acredite su calidad económica o Título de Propiedad.
    • En la Incorporación Voluntaria de Trabajadores NoAsalariados; Ejidatarios, Comuneros, Colonos y Pequeños Propietarios: Documento que compruebeel carácter de representante legal, en el que se señale la facultad pararealizar trámites ante entidades públicas, respecto de actos de administracióny para pleitos y cobranzas en nombre de los sujetos de aseguramiento. RFC de lapersona moral, identificación oficial con fotografía y firma del representantelegal, constancia de domicilio del sujeto obligado, constancia de pago de lacuota anual o parcialidad anticipadas Documento que acredite la personalidadjurídica del grupo de contratantes organizados legalmente. Poder notarial delrepresentante legal del grupo solicitante.

AFIL-06 REPORTE DE MOVIMIENTOS OPERADOS

  • ¿Qué es y para que se utiliza?
    • El AFIL-06 es el formato que brindan cuando se realiza algún movimiento afiliatorio: alta, baja o modificación de salario. Es el acuse de aceptación del movimiento tramitado.
  • ¿Quién realiza este tipo de trámite?
    • En este caso el formato lo hace el IMSS y lo entrega al patrón o representante legal que realizó el trámite en la subdelegación.

Nota: En caso de los movimientos afiliatorios tramitados en línea a través del IDSE, el IMSS también envía un acuse denominado “Lote” con la relación de movimientos operados y aceptados.

AFIL-07 REGULARIZACIÓN DE DATOS DEL ASEGURADO

  • ¿Qué es y para que se utiliza?
    • El AFIL-07 es el formato que se utiliza para solicitar al IMSS la rectificación de alguno de los datos del asegurado: fecha de alta, salario base de cotización,etc.
  • ¿Quién realiza este tipo de trámite?
    • Los patrones o representantes legales.
  • ¿Cuáles son los requisitos?
    • Presentarel AFIL-07 lleno http://www.imss.gob.mx/sites/all/statics/pdf/formatos/SolicRegCorreDatosPerso.pdf
    • La rectificación de datos queda sujeta a estas reglas marcadas en el Artículo 50: RACERF[1]
    • “Si se refiere a la fecha de alta, reingreso o modificación de salario del trabajador, el Instituto procederá a realizar la rectificación respectiva previo pago, en su caso, porparte del patrón, de las prestaciones que se hubieran otorgado indebidamente al asegurado;
    • Si se trata de un salario inferior a uno superior, la rectificación surtirá efectos a partir de la fecha manifestada en el primer aviso, debiéndose cubrir las cuotas o, en su caso, los capitales constitutivos que procedan, y
    • Si se trata de un salario superior a uno inferior, la rectificación surtirá efectos desde la fecha de presentación de la solicitud”.

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[1] Reglamento de la LeyDel Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas,Recaudación Y Fiscalización

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