Anticipo laboral

Como su nombre lo indica, es un adelanto que se le entrega al empleado, antes de que se dé el pago de salario al mismo. Además, puede ser tomado también, como préstamo, dependiendo siempre del destino y para lo que vaya a ser utilizado, por lo que lo podemos diferenciar en real, personal o mixto. El primero, corresponde a compras o una hipoteca, el segundo a fianzas y, el último, corresponde a fideicomisos en garantías.

Los anticipos pueden corresponder a dos diferentes tipos de intereses, el primero para con  los empleados de la empresa, el segundo, dirigido a otra empresa por la compra o adquisición de un bien. En el caso de este último, se suele realizar para que se reservar un producto en específico al proveedor, en caso de que no se hayan realizado condiciones finales, en base a precio, volumen, etc. Con respecto al primero, este está destinado a los empleados de la empresa, por lo que se le es otorgado, correspondiendo al salario del mismo, antes de tiempo el pago del mismo.

Ahora bien, este tipo de anticipos, según lo correspondiente y especificado en la ley, conllevan o dan el derecho al empleador de poder descontar del sueldo un porcentaje, ya que el pago del mismo en un término que no corresponde, o sea de forma adelantada, puede generar en el empleado gastos que serán tomados del sueldo del empleador pero lo mismo no puede superar el 30% de lo que el empleado recibe como sueldo. A demás, el empleado debe tener conocimiento previo sobre el descuento que se va a realizar por entregar por adelantado lo que le corresponde de sueldo. Pero, el empleador no puede, sobre el mismo, realizar ningún tipo de interés. A demás, el empleado cuanta con seis días de vacaciones seguidas, como derecho laboral, lo que también puede ser pedido por adelantado en forma parcial o total, dependiendo de si este cumple con los requisitos necesarios para ello.

Para poder realizar un adelanto, se debe primero contar ciertos requisitos, entre ellos la especificación del monto total, si es que se cuenta con el mismo, que se defina el bien o servicio a prestar, y un acuerdo bilateral de que ambas partes están de acuerdo con los efectos, actuaciones y obligaciones del mismo.

Debe conocerse todos aquellos impuestos que deben ser cancelados al Estado, ya que esto contribuyera con los distintos pagos de gastos públicos. Por lo que, es importante en el caso de los adelantos, aclarar que será deducible cuando el mismo tenga relación de forma exclusiva con gastos netos de descuento, de acuerdo a lo establecido en la ley. 

Se deben cumplir con ciertos requisitos, que los puedes encontrar dentro de la Lay de Impuesto Sobre la Renta, artículo 27 fracción 17, en el cual se expone que el empleador debe contar con un comprobante fiscal en el que se registre el pago de este adelanto junto con la fecha y tiempo en el que mismo fue realizado. A demás, debe cumplirse y verificarse ciertas normas, disposiciones y requisitos, establecidos en el artículo veintinueve y veintinueve A del Código Fiscal de la Federación.

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