Horas extras dobles

Dentro de las jornadas laborales, se pueden distinguir tres tipos: las diurnas, las cuales están comprendidas dentro del horario de las 6 a.m. hasta las 8 p.m.; las nocturnas, las cuales están comprendidas desde las 8 p.m. y finalizan a las 6 a.m.; por último, las mixtas, las cuales están comprendidas por la mezcla de las anteriormente mencionadas. Dentro de cada una existe un límite de horas a trabajar. Dentro de las primeras, puede ser trabajado un máximo de 8 horas, mientras que en las segundas puede ser un máximo de 7 horas, por último, en la mixta, puede ser trabajado un máximo de 7,5 horas.

Extendiendo los límites anteriormente mencionados, el empleador o empresa estarán obligados a pagar por las horas extras de una forma diferente. Dentro de las horas extras se pueden mencionar, también, tres tipos: simples, dobles y triples.

Las horas extras dobles son aquellas en las que el empleador necesita que el empleado trabaje de forma extraordinaria, ya sea por un evento o por ser una temporada especial. En este caso las horas serán pagadas en un 100% más, o sea el doble de una hora normal, pudiendo ser un  máximo de nueve horas extras en una semana.

Ahora bien, hay que tomar en cuenta cómo serán las mismas contempladas a  la hora de realizar los impuestos. Uno de ellos, el que se realiza para el ISR, impuesto sobre la renta, en el cual, estas, serán exentas en un 50% si es que no exceden el total de cinco veces el salario mínimo dependiendo de la zona geográfica. Para el IMSS, en cambio, no presentará ninguna diferencia si el mismo no se excede de las tres horas extras en un día, por lo que serán totalmente exentas.

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