Horas extras simples

Dentro de las jornadas laborales, se pueden distinguir tres tipos: las diurnas, las cuales están comprendidas dentro del horario de las 6 a.m. hasta las 8 p.m.; las nocturnas, las cuales están comprendidas desde las 8 p.m. y finalizan a las 6 a.m.; por último, las mixtas, las cuales están comprendidas por la mezcla de las anteriormente mencionadas. Dentro de cada una existe un límite de horas a trabajar. Dentro de las primeras, puede ser trabajado un máximo de 8 horas, mientras que en las segundas puede ser un máximo de 7 horas, por último, en la mixta, puede ser trabajado un máximo de 7,5 horas.

Extendiendo los límites anteriormente mencionados, el empleador o empresa estarán obligados a pagar por las horas extras de una forma diferente. Dentro de las horas extras se pueden mencionar, también, tres tipos: simples, dobles y triples.

Las hora extra de trabajo simples o tiempo extra por emergencia, son aquella horas en las cuales el empleador pide a los empleados quedarse hasta revertir una situación en la que se hayan ocasionado ciertas fallas, siniestros, algo que pueda comprometer la instalación o bienes, y por ello se les pida quedarse hasta lograr revertir la misma. Estas horas extras serán pagadas como horas regulares, multiplicándose las mismas por el tiempo extra que el empleado permaneció en su puesto de trabajo.

Ahora bien, se debe tomar en cuenta cómo será esto llevado a cabo en caso de los impuestos. Para el caso del IMSS, no presentara ninguna diferencia, si las mismas no se exceden de las 3hs extras en un día, serán totalmente exentas. Para el caso del ISR, si el empleado, gana entre dos y cinco veces el salario mínimo, el pago de las horas extras será gravado en un 50%, en caso que se exceda los 5 salarios, todo será gravado.

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