Salario diario con casa y transporte

Es esencial, antes de agregar al salario diario del empleado conceptos como el de habitación y transporte, revisar los artículos de la ley del Seguro Social, como el 27, en el cual se especifica que junto con los pagos que se deben realizar en efectivo, el empleado puede recibir pagos en especie, comisiones, habitación, alimentación, percepciones y gratificaciones, entre otros.

Para calcular ello, se deben excluir los instrumentos incluidos en el trabajo, como vestimenta y herramientas, fondos de ahorro, PTU, los aportes que deben realizarse al INFONAVIT, horas extras, despensas, aportes adicionales que realice el empleador,  premios y bonos por asistencia o puntualidad, cuotas para plan de pensiones, entre otros.

En caso de que el cálculo de estas exceda el porcentaje establecido, pasaran a formar parte los excedentes al salario base de cotización (SBC).

Habitación- casa es el concepto con el cual, si el empleador realiza el pago del mismo con el salario mínimo general en un 20%, este no pasara a integrarse al SDI (Salario Diario Integrado). Ahora bien, si el mismo es entregado por el empleado de forma gratuita, entonces, esto pasará a ser integrado dentro del SDI y se considerará al sueldo aumentado en un 25%.

En cambio, con el transporte existen ciertos acuerdos los cuales estipulan que siempre y cuando este sea entregado como instrumento de trabajo, en forma de cupón, boleto o reembolso, es que este no se integrara al salario. Será, entonces, considerado para el SDI cuando el empleado reciba todos los meses, en efectivo, el pago por ayuda de transporte.

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