Tipos de ruptura de relación laboral

Existen diversos motivos por los cuales se puede llegar a dar el cese de una relación laboral, ya sea de forma voluntaria o involuntaria, por parte del empleado o del empleado. Se debe tomar en cuenta, que existe varias normar que rigen como esta debe llevarse a cabo.

Esta ruptura hace referencia, sencillamente, a la finalización del empleado de ejercer la actividad o trabajo que solía. Por lo que todo lo relacionado por esta relación se de la un fin. Por lo que ese empleado ya no formará parte de la empresa.

Una de las formas en la que esta puede ser llevada a cabo, es de forma voluntaria por parte del empleado. Con esta forma el empleado debe presentar ante la autoridad superior, con tiempo, su decisión tomada.

En caso de que la decisión haya sido puramente del empleado, esta se dice que es unilateral. El otro caso que puede darse, es cuando, empleado y empleador, llegan al acuerdo de que se debe realizar el cese de la relación laboral. Normalmente existen ciertos beneficios que recibe el empleado una vez que la misma haya sido realizada.

Puede ocurrir, en el otro extremo, que el empleado sea obligado a llevar a cabo la renuncia, ya que el empleador puede llegar a poseer causas suficientes y necesarias como para que el mismo no obtenga ningún beneficio si llegase a ser despedido, por haber cometido un error grave o que hay dejado un motivo suficiente para que la empresa pueda usarlo a su favor.

Del otro lado de la hoja, la otra forma que se puede dar es por medio de un despido. En este caso, y al contrario del otro, la decisión es tomada por el empleador, contando con las causas necesarias para el mismo y sin importa la antigüedad del empleado. Dentro de las leyes de trabajo se pueden encontrar las causas por las cuales el empleador puede llevar esta a cabo, entre ellas se pueden mencionar, llegadas tarde, mala conducta, acoso sexual o violación, entre otros.

El empleado debe procurar tener siempre la justificación si quiere llevar esta a cabo. Realizarlo sin la justificación debida debe ser uno de los últimos recursos. Así también, debe iniciar las advertencias hacia el empleado, dándole a este, suspensiones, retención de sueldo, deducciones, hasta lograr el cambio en el empleado, de no ser así, el empleador tendrá la justificación justa para no tener problemas si lleva a cabo el despido.

Ahora bien, si el empleado ya está en edad y quiere realizar su jubilación, puede llevar esta a cabo dando aviso un mes antes al departamento de recursos humanos y a la autoridad inmediata superior, por escrito. Se debe realizar este proceso, ya que de esta forma la empresa podrá realizar todo el papeleo necesario para que el empleado pueda recibir el beneficio que le corresponde por jubilarse, en base a lo dictado por las leyes. Además, para que pueda recibir todas las quincenas que cotizo durante todos esos años en el IMSS.

Otra de las razones, es por fallecimiento o incapacidad de una de las partes. Para empezar, si se da el caso de fallecimiento del empleador, si el empleado estaba realizando una actividad de tipo personal, significará el cese inmediato de su empleo, ahora bien si el empleado estaba realizando actividades en relación con la empresa, en la que se encuentran un sindicato o junta, es muy probable que una persona pase a ser el sucesor y, con ello, reanudar las actividades de la empresa.

En caso de fallecimiento del empleado, y de que este haya sido como causa de una actividad laboral, el empleador o empresa debe costear los gastos de sepelio del mismo, y se tomará a la misma como una renuncia voluntaria. Si el fallecimiento ocurrió en otra situación en la que no está implicado el trabajo, el beneficiario deberá recibir todo lo correspondiente a aguinaldo, prima vacaciona, y percepciones correspondientes. En caso de que el empleador cuente con la suficiente confianza, puede ofrecerle al beneficiario, ser el sucesor al puesto del fallecido continuando con los años de antigüedad del mismo o iniciando una nueva relación laboral.

Puede suceder que el contrato del empleado haya llegado a su finalización. En este caso el empleado no sufriría de ninguna consecuencia, ya que la misma se da por una finalización dentro de lo pactado en el mismo. Así como también, se pueden finalizar antes de la fecha por motivos anteriormente mencionados como incapacidad, muerte, terminación del capital, entre otras estipuladas por ley.

Por último, puede darse por abandono del puesto. En este caso, el empleado no da aviso al empleador del cese de la actividad, por lo que se toma como abandono del mismo. El empleador poda realizar una reducción legal de las prestaciones que le corresponden al empleado por la falta de aviso.

Todas las rupturas laborales tienen sus características y formas a cómo proceder una vez que una de ellas haya sido efectuada, por lo que el departamento de recursos humanos debe estudiar esto y tener en cuenta que los procesos de pago y aspectos difieren dependiendo del tipo. Por lo que, a veces, es recomendable contactarse con un abogado para llevar el curso correcto de la misma.

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